Así afectará la Reforma Tributaria al sector turístico

5,989
twitter twitter EmailCopiar Enlace
Así afectará la Reforma Tributaria al sector turístico
Publicado en Diciembre 21 de 2019

Tras la aprobación de la Reforma Tributaria, mejor conocida como Ley de Crecimiento, por parte del Congreso de la República, aquí les presentamos en que afecta al sector turístico.

Tiquetes aéreos

El artículo 147 que dice que 20% de las contraprestaciones aeroportuarias irán para los municipios, cuando haya un contrato de concesión o de Asociación Público Privada.

Tiquetes aéres nacionales

A partir del 2020 ya no se pagará el IVA por los tiquetes aéreos desde y hacia destinos como La Guajira, Nuquí, Puerto Carreño, Mompox y Miraflores, entre otros. "El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado. Esta exclusión también aplica para el transporte aéreo turístico con destino o procedencia al departamento de La Guajira y los municipios de Nuquí, en el Departamento de Chocó, Mompóx en el Departamento de Bolívar y Tolú, en el Departamento de Sucre".

Tiquetes aéreos internacionales

Con el artículo 119 se creó el Impuesto de Inversión Social al Turismo. Este será de USD 15 y se generará en la compra de tiquetes aéreos de tráfico internacional, que tengan como destino el territorio colombiano y su origen sea el exterior... "todos los pasajeros cuyo tiquete de viaje incluya a Colombia, en medios de transporte aéreo de tráfico internacional. No serán sujetos pasivos del impuesto los pasajeros que vengan al territorio colombiano en tránsito o en conexión internacional".

Playas Privadas

Uno de los artículos ordena el pago de un impuesto, que deberán asumir las empresas que posean permisos, licencias o concesiones para el uso de playas con fines turísticos.

El valor de esta contraprestación será será definida por el Gobierno Nacional, teniendo en cuenta el número de visitantes que anualmente reciba el sitio turístico.

"Los recursos deberán ser invertidos exclusivamente en proyectos de recuperación de playas y ecosistemas marinos y de manglares, fortaleciendo el desarrollo turístico en armonía y defendiendo los recursos naturales".

Hotelería

Se excluye de IVA los servicios de hotelería y turismo prestados en municipios que son catalogados como zonas de régimen aduanero especial como los siguientes:

  1. Zona de régimen aduanero especial de Urabá, Tumaco y Guapi.
  2. Zona de régimen aduanero especial de Inírida, Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo.
  3. Zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

El artículo 86, uno de los más controvertidos a lo largo de las jornadas de debate, también fue aprobado. Este punto establece una reducción del impuesto de renta de las empresas del 33% al 30% para 2022. El artículo también favorece a hoteles nuevos en municipios pequeños.

Noticias relacionadas